Data: mayo 10, 2014 | 16:53
columnista invitado

JOSÉ LUIS SANTISTEVAN | El Procurador del Estado desnaturaliza su rol atacando a La Razón

ACERCA DEL AUTOR | José Luis Santistevan Justiniano es un abogado constitucionalista de Santa Cruz. Tiene estudios de posgrado en Derecho Ambiental, en Administración Pública y Autonomía. Es escritor de literatura política y jurídica, tiene entre sus libros los títulos de “Autonomía Municipal: Gobiernos Locales Autónomos”, “El proceso de cambio en Bolivia - Autonomía Municipal. Cartas Orgánicas”, entre otros ensayos y artículos. Ha sido Secretario de Asesores y Director Jurídico del Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Asesor del Senado, de la Brigada Parlamentaria cruceña, del Comité de Participación Popular y Descentralización de la Cámara de Diputados, de Amdecruz. También se desempeñó como Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno. Director Regional Instituto Nacional de Reforma Agrária (Inra) en Santa Cruz. Fue asesor en la elaboración del Estatuto de Autonomías de Santa Cruz. Carta Orgánica del Municipio Autónomo de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Elaboró la propuesta de: Autonomía Municipal para la Asamblea Constituyente; el proyecto de Ley de Descentralización Administrativa. Coautor del Plan Dignidad. Coautor del Proyecto de Ley de Medio Ambiente. Es catedrático de Derecho administrativo y Derecho Municipal en la Universidad de Aquino Bolivia (Udabol).

ACERCA DEL AUTOR
| José Luis Santistevan Justiniano es un abogado constitucionalista de Santa Cruz. Tiene estudios de posgrado en Derecho Ambiental, en Administración Pública y Autonomía. Es escritor de literatura política y jurídica, tiene entre sus libros los títulos de “Autonomía Municipal: Gobiernos Locales Autónomos”, “El proceso de cambio en Bolivia – Autonomía Municipal. Cartas Orgánicas”, entre otros ensayos y artículos. Ha sido Secretario de Asesores y Director Jurídico del Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Asesor del Senado, de la Brigada Parlamentaria cruceña, del Comité de Participación Popular y Descentralización de la Cámara de Diputados, de Amdecruz. También se desempeñó como Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno. Director Regional Instituto Nacional de Reforma Agrária (Inra) en Santa Cruz. Fue asesor en la elaboración del Estatuto de Autonomías de Santa Cruz. Carta Orgánica del Municipio Autónomo de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Elaboró la propuesta de: Autonomía Municipal para la Asamblea Constituyente; el proyecto de Ley de Descentralización Administrativa. Coautor del Plan Dignidad. Coautor del Proyecto de Ley de Medio Ambiente. Es catedrático de Derecho administrativo y Derecho Municipal en la Universidad de Aquino Bolivia (Udabol).

El artículo 124 de la CPE define los delitos de traición a la patria. La conducta del medio no se adecúa a ningún precepto: El país no está en guerra, no hay secretos militares, secretos económicos de Estado, no se ha violentado el régimen de los recursos naturales y la libertad de expresión no atenta contra la unidad del país. La denuncia es política por parte del Procurador que desnaturaliza la función que tiene dicho órgano…

Bajo el paraguas protector de la CPE (artículos 106 y 107) y la Ley de Imprenta (artículos 8 y 9), el editor o impresor que revele a una autoridad política o a un particular el secreto anónimo, sin requerimiento del juez competente, es responsable, como delincuente, contra la fe pública, según el Código Penal.

¿Quién es el juez competente? Cuando el periodista o el director de un medio impreso son denunciados, como en el presente caso, el juez competente es el Tribunal de Imprenta y no un juez ordinario.

Cuando un juez requiere una información de prensa para aclarar un delito de orden público que involucra la fe o los intereses del Estado puede pedir información, siempre y cuando el periodista o el director del medio no sea parte del proceso penal.

El artículo 124 de la CPE define los delitos de traición a la patria. La conducta del medio no se adecúa a ningún precepto: El país no está en guerra, no hay secretos militares, secretos económicos de Estado, no se ha violentado el régimen de los recursos naturales y la libertad de expresión no atenta contra la unidad del país. La denuncia es política por parte del Procurador que desnaturaliza la función que tiene dicho órgano.

Artículo publicado originalmente en El Deber, 10 de mayo, 2014

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