Data: enero 31, 2023 | 20:00
UNA LEY BICENTENARIA | El 19 de enero transcurrieron 98 años de su promulgación. Pero el debate legislativo de aquella norma que garantiza y protege la ética del periodismo en Bolivia, se inició durante el gobierno de Sucre…

LA LEY DE IMPRENTA SURGIÓ EN 1826

Los primeros asomos de lo que sería la Ley de Imprenta están presentes en la Constitución Vitalicia redactada por el libertador Bolívar y promulgada por el mariscal Sucre en 1826. | Fotomontaje Sol de Pando

Para lectura en móvil usar pantalla horizontal |

© Wilson García Mérida | Redacción Sol de Pando

La Libertad de Prensa regulada por estrictos códigos éticos, nació con la República misma.

El 19 de enero de 1925, hace 98 años, el presidente Bautista Saavedra promulgó la Ley de Imprenta, institución jurídica que nació tras un intenso debate nacional prolongado desde 1826, cuando el gobierno del mariscal Antonio José de Sucre, fundador de la República, aplicó la Constitución Bolivariana introduciendo la penalización del llamado ‘abuso de la libertad de imprenta’.

La necesidad de penalizar los excesos delictuosos del periodismo y otras formas literarias (entonces circunscritas sólo a la tecnología de imprenta o prensa) de difundir ideas y propalar información -respetando a la vez la libertad de expresión en un marco constitucional- es un dilema tan antiguo como el Estado mismo y fue resuelto desde la doctrina democrático-liberal ya en los albores de la naciente Bolivia.

La Ley de Imprenta es un desprendimiento del Código Penal (de hecho es una ley penal, no ordinaria, para castigar la calumnia y la difamación en el trabajo periodístico) que confluyó hacia preceptos libertarios (para garantizar la libre expresión y el derecho a la información) en un ámbito de jurisdicción especial centrada en los Jurados de Imprenta. Fue así cómo confluyeron sabiamente el Derecho Penal y el Derecho Constitucional, las dos vertientes de la Ley de Imprenta, creando un escenario donde las esferas privada y pública están claramente delimitadas. Esta Ley protege el honor y la privacidad de los ciudadanos comunes y castiga severamente a quienes, haciendo abuso de su pluma, hacen escarnio de esos derechos fundamentales de las personas (el honor y la privacidad); pero a la vez garantiza la labor de los periodistas honestos en la tarea de fiscalizar el interés colectivo y luchar contra potentados y gobernantes corruptos.

Una herencia bolivariana

Los primeros asomos de lo que sería la Ley de Imprenta están presentes en la Constitución Vitalicia redactada por el libertador Bolívar (al cual Carlos Marx llamó el “Código Boliviano”) y promulgada por el presidente Sucre en 1826.

El artículo 150 de dicha Constitución estipulaba lo siguiente: “Todos pueden comunicar sus pensamientos de palabra o por escrito y publicarlos por medio de la imprenta, sin previa censura: pero bajo la responsabilidad que la ley determina”. Esta primera Constitución de la República abría las dos vertientes que confluirían en la futura Ley de Imprenta: la vertiente constitucional que reconoce el derecho a la libre expresión de ideas y pensamientos “sin previa censura”, y la vertiente penal que protege a los ciudadanos de los excesos de la prensa “bajo la responsabilidad que la ley determina”.

Desde entonces esta institución jurídica fue objeto de los vaivenes en la política boliviana que oscilaba entre el liberalismo democrático o el conservadurismo autoritario. En ese péndulo conflictivo surgieron los Jurados de Imprenta, durante la Convención Nacional de 1861, y a pesar de que dichos jurados se consagraron mediante ley en 1925, en los 81 años siguientes su aplicabilidad se hizo inviable como inviable fue el Estado mismo.

LINKS RELACIONADOS

libertad-de-prensa

datos-y-analisis

Related Images:

dossier pacahuara



sopa de mani



coronavirus



Reporteros Sin Fronteras



CPJ



Knigth Center