Data: febrero 4, 2013 | 21:06
La Dirección General de Régimen Penitenciario depuró más de 200 carpetas en los nueve departamentos velando el cumplimiento de los requisitos establecidos legalmente

De 12 solicitudes de indulto en Pando, fueron admitidas sólo tres, nueve son rechazadas

En la cárcel de Cobija solo tres reos podrían salir en libertad.

En la cárcel de Cobija solo tres reos podrían salir en libertad por incumplimiento de requisitos.

© Silvia Antelo Aguilar

Tras promulgado el Decreto Presidencial 1445 sobre Indulto para Privados de Libertad en diciembre pasado, la Dirección General de Régimen Penitenciario dependiente del Ministerio de Gobierno, a través de las direcciones departamentales han evaluado hasta la fecha 232 carpetas para indulto en los nueve departamentos del país.

De acuerdo a información suministrada por esta Dirección, en Pando de 12 carpetas presentadas ante la Comisión de Concesión del Indulto, nueve fueron descartadas por no cumplir con los requisitos y sólo tres fueron habilitadas para seguir el proceso.

El Decreto Presidencial de Indulto establece que para acogerse al indulto, los reos, deben presentar fotocopia legalizada de sentencia ejecutoriada expedida por autoridad competente y Certificado del Sistema de Seguimiento de Causas Penales y Estadísticas Judiciales (IANUS) que acredite no tener una segunda imputación penal por delito doloso. En Pando sólo se han presentado tres fotocopias legalizadas de sentencia ejecutoriada y tres certificados IANUS.

Por su parte el Servicio General de Identificación Personal (Segip) viene colaborado en la carnetización de los reos, a fin de dar celeridad a la implementación efectiva del decreto presidencial.

El mencionado decreto establece que la Dirección General de Régimen Penitenciario, a través de las direcciones departamentales de Régimen Penitenciario, cumplidos los 60 días siguientes a la promulgación de la medida, elaborará en el plazo de 45 días hábiles las listas de beneficiarios, con documentación de respaldo.

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