Data: noviembre 23, 2013 | 15:53
En un "operativo" montado en abril del 2006, Policías adiestrados por la DEA incriminaron al periodista como "narcotraficante". Siete años después, los mismos policías vinculados a la Embajada norteamericana están "reabriendo" ese caso para forzar la muerte civil del periodista en un nuevo juicio penal que enfrenta por no portar cédula de identidad durante un "operativo migratorio". Hoy resulta que García Mérida es más peligroso que los mafiosos Mauro Vásquez y Máximo Dorado juntos...

Imágenes inéditas de la tortura policial infligida a Wilson García Mérida en abril del 2006

Los signos de la tortura que policías anti-narcóticos infringieron a García Mérida en abril del 2006, quedando de ello marcas indelebles en su cuerpo. | Foto Defensoría del Pueblo Cochabamba

Los signos de la tortura policial infligida a García Mérida en abril del 2006, quedando marcas indelebles en su cuerpo como la causada al ser enmanillado en un catre de su celda. | Foto Defensoría del Pueblo Cochabamba

Certificado emitido por el Departamento II de Inteligencia de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (Felcn) el 4 de septiembre de este año 2013, dentro el juicio penal instaurado contra Wilson García Mérida por la Policía Nacional y la Dirección de Migración, certificando que el periodista es un "narcotraficante prontuariado", omitiendo el hecho de que García Mérida fue sobreseído al demostrarse que las pruebas para incriminarlo en abril del 2006 fueron burdamente montadas.

Certificado emitido por el Departamento II de Inteligencia de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (Felcn) el 4 de septiembre de este año 2013, dentro el juicio penal instaurado contra Wilson García Mérida por la Policía Nacional y la Dirección de Migración, certificando que el periodista es un «narcotraficante prontuariado», omitiendo el hecho de que García Mérida fue sobreseído al demostrarse que las pruebas para incriminarlo en abril del 2006 fueron burdamente montadas.

La información siguiente publicada en abril del 2006 por varios medios de comunicación dentro y fuera del país, demuestra la predisposición latente en los aparatos represivos del Estado boliviano para forzar la desaparición del periodista Wilson García Mérida, mediante su muerte civil y/o física, debido a su labor constante de la defensa de los intereses públicos en combate permanente contra sectores corruptos y delincuenciales que escamotean el fortalecimiento de la democracia en Bolivia.

El episodio del año 2006 que fue consecuencia directa de la denuncia publicada por García Mérida (en El Juguete Rabioso) respecto a las actividades de la CIA (mediante su agente el entonces embajador David Greenlee) para descabezar el movimiento cocalero liderizado por Evo Morales, está siendo «reabierto» actualmente por un sector del Gobierno boliviano que preside ahora el mismo Evo Morales mediante una querella criminal que la Policía Nacional y la Dirección de Migración han instaurado el pasado mes de septiembre contra el Director de Sol de Pando, a causa de que el periodista no portaba cédula de identidad al momento en que vendía su periódico en unos cafés pubs de Cochabamba.

El juicio penal que impulsan actualmente la Policía Nacional y la Dirección de Migración del Estado Plurinacional de Bolivia contra Wilson García Mérida mediante altos jefes policiales y agentes vinculados a los organismos de Inteligencia controlados desde el Ministerio de la Presidencia a través del coronel extorsionador Fabrizio Ormachea Aliaga (hoy preso en Miami), nos obliga a recordar aquel antecedente en el que el periodista sufrió en el año 2006 severas torturas y un intento de asesinato planificado junto a reos de la cárcel de San Sebastián, que el detenido sólo  pudo evitar al demostrar fehacientemente que el cargo por «narcotráfico» no tenía pruebas ni sustentos legales para encarcelarlo, por lo que fue sobreseído como correspondía; aunque las torturas y  vejámenes que le propinaron los abusivos policías durante su detención en celdas de la Felcn quedaron impunes y, por lo visto, tales «antecedentes» no han sido suprimidos en los archivos del periodista pese a que la falsa imputación concluyó en sobreseimiento pleno.

Ahora resulta que el periodista Wilson García Mérida es más peligroso para la sociedad boliviana que narcotraficantes y sicarios como Máximo Dorado o Mauro Vásquez.

Fotografías inéditas registradas por el Defensor del Pueblo de Cochabamba

A continuación, reproducimos la nota publicada por el Equipo Nizkor, el 28 abril del 2006:

EQUIPO NIZKOR

Información

DERECHOS


Detienen arbitrariamente y torturan al periodista
Wilson García Mérida de Cochabamba


Insólito:
Wilson García Mérida es torturado y procesado por narcotráfico
 
El periodista boliviano sufrió torturas en manos de una unidad antinarcóticos que es controlada por la Embajada Norteamericana, la FELCN, y donde permaneció incomunicado impedido de asumir su defensa legal. Se le hizo aparecer droga en su «bolsillo izquierdo» (no se dice de qué prenda) y sus torturadores preparaban su asesinato en la cárcel pública, a donde se le intentó remitir   bajo sospecha de «inminente peligro de fuga». Una jueza que mostró probidad en la audiencia de medidas cautelares impidió la consumación de este plan criminal. Es la segunda vez en dos años que el periodista sufre atentados contra su vida. Su informe ante el Congreso Nacional de Periodistas de Bolivia, que se realiza en Cochabamba, es estremecedor.

28abr06

Presidium Congreso Nacional de la Confederación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia
Valle de Vinto.

Estimados compañeros:

A tiempo de desear todo éxito en vuestras deliberaciones en aras de la unidad y la dignidad de los periodistas bolivianos, me permito denunciar ante este magno Congreso un hecho horroroso que no sólo me causa perjuicio personal y profesional, sino implica un flagrante atentado contra los sagrados principios de la libertad de prensa en Bolivia:

Resulta que desde el pasado domingo 23 de abril estoy procesado como narcotraficante, bajo la draconiana Ley 1008 que impuso en nuestro país el gobierno de Estados Unidos; me encuentro arraigado con medidas sustitutivas y en la imputación que me endilgan el fiscal antinarcóticos Weimar Barea Aramayo y el oficial de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) René Vargas Martínez, se lee lo siguiente:

«El imputado Wilson García Mérida, al no tener un domicilio habitual, familia, ni trabajo o negocios asentados en el país, refiere ser Periodista sin establecer su lugar o domicilio laboral, no garantiza su permanencia en el país y al ser aprehendido en actividades ilícitas de narcotráfico es probable que pueda abandonar el país y/o teniendo facilidad de permanecer oculto para eludir su responsabilidad penal».

Pese a que el mencionado teniente René Vargas tomó conocimiento de mi realidad laboral y domiciliaria habiéndose apropiado de mis documentos personales que acreditan mi situación legal, y lejos de que el Fiscal Barea Aramayo pudiera verificar in situ el domicilio que señalé al momento de mi detención, con la apresurada imputación a menos de 24 horas de mi detención se me aplica el artículo 234 del Código de Procedimiento Penal referente a «Peligro de Fuga» sentenciando que «al no haber el imputado acreditado por ningún medio domicilio habitual, ni familia, negocios o trabajo, existe evidente peligro de fuga».

También se me aplica ipso facto el artículo 235 del Código de Procedimiento Penal referente a «Peligro de Obstaculización», señalando que «Al existir peligro inminente de fuga, estando en libertad el imputado, podría hacer desaparecer las pruebas y evidencias que aún no fueron halladas, como ser documentación y otros elementos de prueba que demuestren el nexo con los proveedores o destinatarios de las sustancias controladas que le fueron secuestradas, por lo que existe peligro de obstaculización de la averiguación de la verdad. Tomando además en cuenta su actitud frente al descubrimiento de su actuar delictivo, siendo ésta agresiva contra funcionarios policiales».

O sea, como existe riesgo de que pueda fugar del país u «obstaculizar la investigación», Barea y Vargas exigieron ante una jueza mi remisión inmediata a la cárcel de San Sebastián, luego de estar recluido e incomunicado por más de 24 horas en celdas de la FELCN, todo en un solo domingo, lapso en el cual, además, fui torturado y golpeado por los «umopares», con un intento de ahorcamiento inclusive, por lo cual, según el examen forense respectivo, tengo un impedimento de 25 días.

El problema empezó después de salir de una reunión que sostuve con algunos miembros del Foro Cultural, hasta pasada la media noche del sábado, de donde salía para irme a mi casa con materiales de prensa que debí editar durante el domingo en el diario La Voz para su publicación el lunes. Me acompañaban en ese momento varios artistas plásticos. Apenas me despedí de uno de ellos, cerca de la Plaza Principal, fui seguido por un patrullero 110 que, junto a un grupo de pandilleros, intentaron inicialmente acusarme de estar robando un vehículo, o sea que primero pretendieron «atraparme» como «autero» y cuando me defendía legítimamente de semejante acusación en medio de una primera golpiza en manos de los pandilleros, fui salvado por un coronel del Ejército quien, casualmente, me conocía amistosamente y pasaba por el lugar fortuitamente. Una vez que el amigo militar se fue pensando que el lío había terminado al aparecer los policías del 110, convocados por los mismos pandilleros que figuran en el informe policial como «vecinos de la calle Calama», entonces se me acusó de portar una bolsa de cocaína, con lo que me remitieron inmediatamente a las celdas de la FELCN, sin presencia de Fiscal, lo cual de entrada es una absoluta ilegalidad. Lo increíble es que una vez retenido en la FELCN, la bolsa de cocaína desapareció y en su lugar me atribuyeron estar portando una bolsa de medio kilo de marihuana en un volumen que no cabe en ninguno de mis bolsillos.

Todo lo mencionado está detallado en la imputación del fiscal Barea Aramayo en los siguientes términos:

«Una vez en el lugar procedieron a realizar el cacheo policial al sujeto de referencia, encontrando en su bolsillo izquierdo un envoltorio sospechoso con características de marihuana. En dependencias de la FELCN se procedió a realizar la requisa personal del arrestado, encontrando en su bolsillo izquierdo una bolsa plástica transparente existiendo en su interior un envoltorio de papel periódico conteniendo una sustancia verdusca con características de marihuana, un celular marca Nokia 8260 con número 71966218, y una agenda con diferentes números telefónicos».

Dicen que encontraron en mi «bolsillo izquierdo» (aunque no especifican de qué tipo de prenda) 50 gramos de marihuana que niego rotundamente haber estado portando, pues semejante cantidad no cabe en ninguno de mis bolsillos, ni del pantalón, ni de la camisa, ni del saco que entonces llevaba puestos en esa oportunidad.

Mi celular, que es una herramienta en mi trabajo periodístico, fue remitido a la Dirección de Bienes Incautados con un acta que reza lo siguiente:

«En previsión del Art. 254 del Código de Procedimiento Penal, se dispone la incautación de un celular marca Nokia modelo 8260 por ser usado como medio de comunicación para la comisión del delito de transporte de sustancias controladas; debiendo entregarse el mismo al representante legal de la Dirección de Registro, Control y Administración de Bienes Incautados».

Pero estos abusivos no sólo incautaron mi celular con el pretexto de que soy narcotraficante; también me quitaron un dinero que llevaba para pagar mis alquileres (3.000 bolivianos que acababa de prestarme de mis padres); mis materiales de prensa para la edición de La Voz del lunes (que tenía que trabajar ese domingo) con documentos de la Escuela de Arte y Talentos, mi cédula de identidad y un credencial de prensa que acreditaba quién soy, las llaves de mi domicilio, un cinturón de cuerina, e inclusive una cajita de preservativos. El fiscal le instruyó al teniente René Vargas me devuelva estos enseres personales, especialmente mi credencial de prensa y mi cédula de identidad para acreditar mi situación legal; pero el policía se negó a hacerlo hasta que llegué a la audiencia de medidas cautelares, el domingo a las 6 de la tarde, totalmente indocumentado, listo para ser remitido a la cárcel de San Sebastián donde me esperaban otros pandilleros con la consigna de asesinarme dentro del penal, en un hecho que en penales como los de Palmasola de Santa Cruz es habitual.

A parte de haberme mantenido incomunicado todo el tiempo de mi detención en la FELCN, pese a que el Fiscal le instruyó al teniente René Vargas me permita hacer al menos dos llamadas para conseguir abogado y tener asistencia de mi familia, fui terriblemente torturado durante mi detención. Vargas no sólo prohibió a sus subalternos que yo pueda efectuar llamadas telefónicas, dejándome en absoluta indefensión tanto así que llegué a la audiencia cautelar como un vago peligroso y desconocido; sino que este policía corrupto, que es una vergüenza para su institución, también instigó a los otros «umopares» a que me golpeen, y lo hicieron reventándome el ojo izquierdo, rompiendo mis lentes y pateándome en todo el cuerpo; e inclusive intentaron ahorcarme cuando exigí ir al baño para hacer mis necesidades, derecho que también me fue privado por lo que tuve que orinar en mi celda. Además de no haber probado un solo bocado mientras duró mi secuestro, dormí enmanillado, por lo que tengo las muñecas escoriadas, y cuando me oriné en la celda vino un oficial de apellido Mendoza y comenzó a ahorcarme afirmando que, una vez muerto, se informaría que me suicidé deprimido al ser sorprendido «in fraganti» traficando con droga. En mi desesperación, con los ojos lacrimosos, tuve que propinarle un nucazo en el mentón, logrando que suelte mi cuello, y le dije que en su informe sobre mi suicidio también tendría que explicar por qué él tenía hinchado el rostro. Eso me salvó por el momento.

Debo aclarar que el teniente René Vargas Martínez, el principal operador de la acusación de narcotráfico que pesa en mi contra e instigador de las torturas que he sufrido, es hijo del dirigente transportista y diputado de la Nueva Fuerza Republicana (NFR), René Vargas Meruvia, quien es uno de los autores intelectuales del intento de asesinato que sufrí en agosto del 2004, cuando salí de su domicilio en Quillacollo.

El fiscal Barea Aramayo hizo su aparición en la escena recién a las nueve de la mañana, y poco antes de su llegada a la FELCN otro policía trató de intimidarme advirtiéndome que si hablaba «más de lo debido» con el Fiscal, se me aplicaría la «ley de la fuga». Cuando repliqué a ese policía que su amenaza me tenía sin cuidado, éste no sólo aprovechó que me encontraba enmanillado, sino me hizo inmovilizar con otro policía y me tiró un puño en el rostro rompiéndome los labios. En ese momento apareció el fiscal Barea Aramayo y cuando denuncié ante esa autoridad todos estos abusos, este Fiscal me acusó a mí de ser causante de la golpiza que recibí por ser «muy irreverente con la autoridad». Cuando le pedí se me someta a un examen forense, el fiscal Barea Aramayo se preocupó más de que el forense establezca las lesiones que yo habría infringido a los policías. Dicho forense, además, me brindó un trato displicente y prepotente cuando me efectuó una fugaz y superficial observación.

En mi declaración informativa solicité también al Fiscal se me someta a un examen toxicológico para demostrar que no soy un drogadicto compulsivo, que no tengo ninguna sustancia prohibida en mi organismo y que mucho menos soy traficante, y también pedí se me haga un examen de alcoholemia para demostrar que no estuve bajo efectos de alcohol cuando asumí defensa personal durante la golpiza que sufrí por parte de los policías y ante lo cual me acusan a mí de ser el agresor. Barea Aramayo no dio curso a estas solicitudes porque su objetivo se concentraba en demostrar que soy narcotraficante para forzar a toda costa mi remisión a la cárcel pública de San Sebastián al haber yo cometido «un delito de lesa humanidad», según reza su ridícula imputación.

Bajo esas circunstancias pasé el día domingo totalmente incomunicado y coartado en mi derecho a una legítima defensa y así llegó las seis de la tarde, hora en que se fijó la audiencia cautelar en el tercer piso de la Corte Distrital de Justicia, audiencia lograda por el fiscal Barea con una sorprendente celeridad, de la cual se me notificó apenas media hora antes.

El plan del Fiscal y de los policías consistía en que esa misma noche dormiría en San Sebastián y en el ambiente la consigna de que allí debía ser asesinado se respiraba y se sentía por la forma amenazante con que los «umopares» se reían al verme perdido. Antes de «replegarse», el teniente Vargas tomó contacto telefónico con un mayor de policía, escuché el diálogo desde mi celda y éste informaba a su superior que «todo estaba listo» para resolver mi asunto en San Sebastián. Un buen policía que se compadeció de mi situación y tomó conciencia de tan siniestra conducta de sus camaradas, me advirtió que no debía responder a ninguna provocación una vez que me metan a San Sebastián porque «estaba cantado» que correría sangre, la mía sin duda.

Cuando llegué a la audiencia de medidas cautelares en el Juzgado Sexto, entre los «umopares» había un individuo de civil y vestido con una polera blanca a quien le indicaron que era yo «el periodista cabrón al que hay que bajarle». Amigos policías que se comunicaron al día siguiente con mi familia, sostienen que era uno de los encargados de hacer el «trabajito» ordenado por quién sabe quién. La desolación de ese domingo era tremenda. Estaba sin abogado, no llegué a comunicarme con mi familia ni siquiera para despedirme, y mis documentos de identidad y mi credencial estaban en poder del teniente Vargas; por lo que legalmente yo no existía. Esto se ajustaba perfectamente al requerimiento del fiscal Barea Aramayo para encarcelarme ante mi inminente «fuga del país al no tener un domicilio habitual, familia, ni trabajo o negocios asentados en el país».

Lo único que me quedaba era asumir personalmente mi alegato ante la Jueza, una profesional muy correcta. Pedí ejercer mi derecho a «Defensa Material», un recurso que suple la falta de abogado, y entonces le mostré las huellas todavía frescas y evidentes de las torturas que sufrí ese día en las celdas de la FELCN, le advertí la señora Jueza que si me recluía en San Sebastián, el riesgo de ser asesinado era inminente por todos los antecedentes anotados, y que si algo me pasaba esa noche ella llevaría sobre su conciencia un crimen que se podía evitar. Además le aclaré que si en ese momento yo no tenía modo de demostrar que era un «conocido periodista» (y que vivo hace 40 años en Cochabamba, que tengo familia e hijos y que no tengo modo de fugar del país porque no tengo motivo ni medios económicos para ello) fue porque el teniente René Vargas se había apropiado ilegalmente de mis documentos, pese a que el propio fiscal Barea Aramayo le había ordenado devolvérmelos, además de instruirle que se me permita telefonear a mis abogados y familiares, lo cual Vargas impidió hasta el final.

Al ver semejante indefensión y el evidente riesgo contra mi integridad, la Jueza Sexta de Instrucción Cautelar, Dra. Celina Herbas Herbas, con mucha rectitud y probidad, resolvió otorgarme libertad provisional mediante medidas sustitutivas, entre ellas mi arraigo, que debo tramitar personalmente. Debo presentarme ante el Fiscal cada 10 días para demostrar que no estoy huyendo del país y se me fijó una nueva audiencia para el 5 de mayo. Todo esto me causa graves perjuicios laborales y económicos, ya que mi señora madre, como mi garante, está siendo enjuiciada por la Clínica Belga al no haber cubierto el costo de las cirugías que me salvaron la vida por el atentado que sufrí en el 2004. Para colmo, ahora estoy impedido de cumplir con regularidad mi labor de prensa.

Apenas salí libre a las 8 de la noche de ese domingo, pude contar el cuento. A través de Fernando Mayorga, tomé inmediatamente contacto con el Defensor del Pueblo de Cochabamba, Arq. Augusto Siles, quien quedó pasmado ante mi relato. Al día siguiente, lunes, los funcionarios de la Defensoría del Pueblo se hicieron presentes en mi domicilio y tomaron fotografías de los estragos que causaron mis torturadores en varias partes de mi cuerpo. El mismo Defensor del Pueblo tramitó la visita de la Dra. Miriam Rocabado, médica forense, quien efectuó una revisión minuciosa de mi humanidad, habiendo establecido el siguiente diagnóstico:

  • Trauma craneáno con herida contuso cortante.
  • Trauma ocular bilateral con hemorragia subconjutival.
  • Trauma bucal con heridas contuso cortantes en labios superior e inferior.
  • Policontusión severa en las extremidades superiores e inferiores.

Es decir que tengo el ojo reventado, la nariz hinchada, heridas en la cabeza y estoy cojeando. Por lo que me otorga «veinticinco (25) días de Impedimento para reposo y tratamiento a partir del día de las lesiones».

Los señalados traumas están relacionados con un total de 16 excoriaciones, heridas y equimosis, incluyendo la herida todavía frágil del atentado que sufrí en Quillacollo en el 2004, y que la médico forense detalla en la siguiente relación:

  • 1. Herida contuso cortante en región frontal derecha, de 1 cm x 1 cm de longitud y ancho, craneal.
  • 2. Equimosis y excoriaciones en región Hemifrontal izquierda, por contusión.
  • 3. Equimosis periobilar izquierda con hemorragia subconjuntival izquierda.
  • 4. Excoriación costrosa en región parpebral superior izquierda por contusión.
  • 5. Equimosis en región cizomátrica y gemiana izquierda por contusión.
  • 6. Equimosis y edema nasal por contusión.
  • 7. Edema bucal con herida contuso cortante de la mucosa del labio superior y tres heridas cortantes en la mucosa del labio inferior.
  • 8. Herida en la cara dorsal izquierda por mordedura de la lengua.
  • 9. Excoriación ungüeal en región mentoniana.
  • 10. Enrojecimiento intenso en la nuca y región cervical posterior por compresión
  • 11. Equimosis en regiones braquial derecha e izquierda en la cara anterior y posterior por contusión en forma de dedos.
  • 12. Equimosis en región pectoral derecha, muslo derecho, cara posterior superior derecha y lateral externa y muslo izquierdo en la cara anterior inferior por contusión.
  • 13. Excoriaciones en las muñecas por atricción.
  • 14. Excoriaciones ungüeales escapular derecha, nudillos de los dedos medio e índice derecho, rodilla izquierda con impolucia funcional por contusión, además en región dorsal del pie izquierdo por contusión.
  • 15. Heridas contuso cortantes en ambas muñecas.
  • 16.Cicatrices en región supra infraumbilical y de meitorax posterior inferior de data antigua.

He transmitido verbalmente esta denuncia al viceministro de Gobierno Rafael Puente y al ministro de la Presidencia Juan Ramón Quintana. Y considero pertinente que la Ministra de Justicia tome cartas en el asunto.

Atentamente;

Wilson García Mérida
Periodista Afiliado a la Federación de
Trabajadores de la Prensa de Cochabamba

Cochabamba, abril 28 del año 2006


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