Data: febrero 3, 2020 | 10:48
DERECHOS HUMANOS EN VILO | La reclusión preventiva de Patricia Hermosa, por segunda vez, viola el artículo 232 de la Ley 1173 que prohíbe el encarcelamiento de mujeres en estado de gestación...

ENCARCELÓ A UNA EMBARAZADA EL GOBIERNO DE AÑEZ

Patricia Hermosa en su arresto. Se desconoce el tiempo de gestación de la mujer recluída, dato que corresponderá ser establecido mediante el correspondiente certificado médico forense. | Foto APG

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© Redacción Sol de Pando

En caso de que una certificación forense corrobore legalmente que la detenida Patricia Hermosa Gutiérrez se encuentra embarazada, las autoridades que promovieron y dispusieron su reclusión —incluso la presidenta Jeanine Añez— podrían ser procesadas penalmente por infringir el artículo 232 de la Ley 1173 de “Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres”.

Dicha norma que fue promulgada por el anterior régimen el 3 de mayo de 2019, estipula nueve causales que hacen improcedente la detención preventiva. La séptima señala taxativamente: “Cuando se trate de mujeres embarazadas”. En situación de “peligro de fuga”, la misma ley prevé la medida sustitutiva de detención domiciliaria.

La orden para la detención de Patricia Hermosa, con la consecuente reclusión en la jornada de ayer, provino del ministro de Gobierno Arturo Murillo, cuando Hermosa se encontraba realizando trámites para la inscripción de Morales como candidato a legislador.

Apoderada del ex presidente Evo Morales y jefa de gabinete hasta su renuncia, la mujer embarazada fue enviada ayer por el Juzgado Décimo de Instrucción Penal a la cárcel de Obrajes, en La Paz, por la  presunta comisión de los delitos de terrorismo, sedición y financiamiento al terrorismo en grado de “tentativa”.

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El Ministerio Público (Fiscalía) la acusa de haber participado en afanes desestabilizadores de Evo Morales mediante contactos telefónicos que la joven militante del MAS habría mantenido tanto con el ex Presidente como con el ex ministro Juan Ramón Quintana del 11 al 25 de noviembre, días en que el país se convulsionaba tras la renuncia y auto-exilio de Morales.

Según recapituló Los Tiempos, Patricia Hermosa ya había sido detenida en diciembre de 2019, pero fue liberada. La exfuncionaria volvió a ser aprehendida el viernes 30 de enero por la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc), cuando tenía en su poder la documentación personal de Evo Morales para inscribir al ex Presidente como candidato a senador o diputado en las listas del MAS.

El abogado Martín Irusta, que defende a Patricia Hermosa, rechazó la detención por no existir ningún riesgo de peligro de fuga. Dijo que el reporte migratorio, en el cual sustentan el peligro de fuga, es de viajes cuando cumplía función pública.

Artículo 232. (IMPROCEDENCIA DE LA DETENCIÓN PREVENTIVA)

I. No procede la detención preventiva:
    1. En los delitos de acción privada;
    2. En los delitos que no tengan prevista pena privativa de libertad;
    3. Cuando se trate de personas con enfermedad en grado terminal, debidamente certificada;
    4. Cuando se trate de personas mayores de sesenta y cinco (65) años;
    5. En los delitos sancionados con pena privativa de libertad, cuyo máximo legal sea inferior o igual a cuatro (4) años;
    6. En los delitos de contenido patrimonial con pena privativa de libertad cuyo máximo legal sea inferior o igual a seis (6) años, siempre que no afecte otro bien jurídico tutelado;
    7. Cuando se trate de mujeres embarazadas;
    8. Cuando se trate de madres durante la lactancia de hijos menores de un (1) año; y,
    9. Cuando la persona imputada sea la única que tenga bajo su guarda, custodia o cuidado a una niña o niño menor de seis (6) años o a uma persona con un grado de discapacidad que le impida valerse por sí misma.

Una embarazada tras las rejas

El candidato presidencial del MAS, Luis Arce, protestó por la detención de Patricia Hermosa, calificándola de injusta, y lamentó que “bajo acusaciones infundadas, violando derechos humanos y garantías constitucionales, se haya determinado enviarla a la cárcel poniendo en riesgo su embarazo”.

Según El Deber, la diputada Sonia Brito cuestionó la decisión judicial testificando que durante la audiencia de medidas cautelares Patricia Hermosa “sintió náuseas y pidió permiso para ir al baño, porque el día que la aprehendieron ella tenía que hacerse una prueba de embarazo”.

Se desconoce el tiempo de gestación de la mujer recluída, dato que corresponderá ser establecido mediante el correspondiente certificado médico forense.

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